En la votacin para aprobar en los trminos del dictamen los artculos reservados, no se alcanz la mayora calificada de las dos terceras partes presentes en el Pleno, ya que de un total de 122 votos emitidos se obtuvieron 81 en favor, 39 en contra y dos abstenciones.

ElSenado de la Repblica devolvi a la Cmara de Diputados la Reforma Educativaque envi el presidente Andrs Manuel Lpez Obrador, tras no alcanzar la mayora calificada en la votacin en lo particular.

Elpresidente de la Mesa Directiva del Senado, Mart Batres Guadarrama,anunci que debido a que el proyecto de decreto no alcanz las dos terceras partes, se devuelve a la Cmara de Diputados con las modificaciones aprobadas y solamente lo aprobado por esta asamblea.

En la sesin que dur casi nueve horas tras la aprobacin en lo general, los senadores presentaron 23 reservas, de las cuales 10 correspondieron a diversos prrafos delArtculo Tercero Constitucional, una al Artculo 31, una ms al Artculo 73 y ocho a los artculos transitorios de la ley.

Dichos artculos fueron desechados por la bancada de Morena y sus aliados; pero en la votacin en lo particular no alcanzaron la mayora calificada, pues votaron 81 a favor, 39 en contra y hubo dos abstenciones, pese a que Batres Guadarrama alarg hasta por ms de 10 minutos el reloj legislativo para que llegara el voto 82 con el que se lograra la mayora calificada.

Una a una, las reservas fueron rechazadas por morenistas y aliados, quienes ni siquiera escucharon las propuestas.

Con gritos de tiempo, tiempo, tiempo!, para que se cerrara el reloj y se anunciara la votacin, los senadores de oposicin al no ver que el presidente anunciara el resultado, tambin comenzaron a gritar fraude, fraude, fraude!.

Los artculos no aprobados en lo particular fueron el 3, prrafos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sptimo, octavo, noveno, dcimo primero, dcimo segundo y las fracciones II inciso c y e. Tambin el segundo prrafo inciso f, quinto, noveno, as como el prrafo primero inciso c, en su primer prrafo y los incisos d, f y g, y la fraccin dcima.

Del mismo modo, elartculo 31 fraccin primera y el artculo 73 fraccin vigsimo quinta; los artculos transitorios segundo, prrafo primero, segundo, cuarto, noveno, dcimo primero, dcimo cuarto, dcimo quinto, dcimo sexto, del proyecto de decreto no alcanzaron las dos terceras partes.

En elartculo 72 de la Constitucinse establece que si algn proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cmara de revisin, volver a la de origen con las observaciones que aquella le hubiese hecho.

Tambin seala que si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte, o modificado, o adicionado por la Cmara revisora, la nueva discusin en la Cmara de origen versar nicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artculos aprobados.

Si examinado de nuevo fuese aprobado por la mayora absoluta de los miembros presentes, volver a la Cmara que lo desech, la cual lo tomar otra vez en consideracin, y si lo aprobare por la misma mayora, pasar al Ejecutivo para los efectos constitucionales. Pero si lo reprobase, no podr volver a presentarse en el mismo perodo de sesiones.

Si las adiciones o reformas hechas por la Cmara revisora fuesen aprobadas por la mayora absoluta de los votos presentes en la Cmara de su origen, se pasar todo el proyecto al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.

Si las adiciones o reformas hechas por la Cmara revisora fueren reprobadas por la mayora de votos en la Cmara de origen, volvern a aquella para que tome en consideracin las razones de sta, y si por mayora absoluta de votos presentes se desecharen en esta segunda revisin dichas adiciones o reformas, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas Cmaras, se pasar al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Si la Cmara revisora insistiere, por la mayora absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, todo el proyecto no volver a presentarse sino hasta el siguiente perodo de sesiones, a no ser que ambas Cmaras acuerden, por la mayora absoluta de sus miembros presentes, que se expida la ley o decreto slo con los artculos aprobados, y que se reserven los adicionados o reformados para su examen y votacin en las sesiones siguientes. (Con informacin de Ntmx y El Senado)

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