Este lunes entr en vigor el decreto por el que se adicion el artculo 134 bis a la Ley Federal de Proteccin al Consumidor, en el que se otorg a la Procuradura Federal del Consumidor (Profeco) la facultad de cobrar las multas que imponga esta institucin, en su carcter de autoridad fiscal federal.

As lo inform la Procuradura de la Defensa el Contribuyente (Prodecon), al precisar que si bien las multas impuestas por la Profeco sern consideradas crditos fiscales, es importante sealar que esta connotacin corresponde a su cobro coactivo.

El ombudsman del contribuyente refiri que esto se informa para que los afectados utilicen las instancias correspondientes para la impugnacin de las multas impuestas por la Profeco y se acerquen a la Prodecon nicamente durante el procedimiento de cobro de stas.

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