A dos das para la eleccin del dirigente del Sindicato nico de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Mxico (SUTGCDMX), el Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje determin aplazarla, debido a las diversas inconsistencias registradas.

El mximo tribunal laboral para los trabajadores al servicio del estado, adujo que existen irregularidades en la fecha, domicilios y bases de la eleccin, que ponen en duda, que los 105 mil trabajadores tengan conocimiento de la fecha exacta y de las reglas para elegir a su directiva sindical.

Para la ello, la dirigencia sindical interina, tendr que emitir en una fecha por definir una nueva convocatoria con fecha exacta para que los trabajadores elijan a su dirigente sindical para los prximos 4 aos.

Explic que el SUTGCDMX no puede realizar una eleccin que no se ajuste a la convocatoria, a sus estatutos y al artculo 69 de las Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, ya que resultara nula.

El TFCyA, record que a partir de la reforma laboral del primero de mayo de 2019, la vida al interior de los sindicatos de nuestro pas tendr que adoptar sistemas de eleccin y representacin ms transparentes y democrticos, buscando eliminar los viejos cacicazgos que lo nico que han logrado es un enriquecimiento personal de los dirigentes.

Dio a conocer que el pasado 23 de diciembre el Sindicato nico de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Mxico, emiti la convocatoria para celebrar el proceso electoral que conducir a la renovacin de su Comit Ejecutivo, cargos y comisiones del periodo comprendido del 10 de enero de 2020 al 10 de enero de 2024 de la organizacin sindical ms grande de la capital.

Explic que en medio de acusaciones, obstculos y falta de claridad, varios aspirantes, como Carlos Gonzlez Merino, Liborio Muoz Martnez y Heladio de la Rosa, denunciaron pblicamente a travs de redes sociales y medios de comunicacin, que no se les permiti realizar su pre-registro como candidatos, toda vez que el edificio sede del Sindicato fue sitiado e impedidos para hacerlo.

Record que slo dos personas pudieron cumplir con los requisitos que marcan los estatutos del SUTGCMX; Hugo Alfredo Alonso Ortiz y Armando Bautista Ramrez, Secretarios Generales de las secciones 1 y 33 que obtuvieron el registro como candidatos.

A lo largo de la campaa Armando Bautista Ramrez de la Planilla Roja, realiz acusaciones directas en contra del dirigente de la Seccin 1, aduciendo que la convocatoria y el proceso electivo ha carecido de toda legalidad, aunado al uso de recursos pblicos desviados a favor de su campaa.

Por ello, ante la carencia de certeza en el proceso un grupo de 20 Secretarios Generales Seccionales e integrantes en lo individual del Sindicato nico, interpusieron demandas solicitando la intervencin del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje, a efecto de que postergara la eleccin por falta de legalidad e incumplimiento a la reforma laboral del ao pasado.

Ante todo ese cumulo de irregularidades presentadas, con fecha 7 de enero, el Pleno del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje conformado por 25 Magistrados, determin aplazar la eleccin particularmente en la emisin de la convocatoria.

El Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje consider que del anlisis de la convocatoria presentada el 13 de diciembre pasado y su escrito aclaratorio del 2 de enero de 2020, se advierten diversas inconsistencias y modificaciones, que ponen en duda, la certeza jurdica que los trabajadores sindicalizados deben tener, para la eleccin de sus dirigentes.

Las inconsistencias ms graves encontradas por el TFCyA son, entre otras, que se presentaron dos convocatorias que carecen de fecha y que en cada una de ellas se establecen fechas distintas -9 y 10 de enero- para el da de la votacin, lo cual coloca en un total estado de incertidumbre a los electores.

Ante ello, el TFCyA resolvi que la irregularidad en las fechas y domicilios de la eleccin y las modificaciones en las bases del proceso electoral, ponen en duda, que los trabajadores efectivamente tengan conocimiento de la fecha exacta y de las reglas para elegir a su directiva sindical, vulnerando con ello la libertad sindical establecida en el Convenio 87 de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT), la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, el artculo 69 de le reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado publicada el primero de mayo de 2019 y sus propios Estatutos.

Por tal razn, en aras de salvaguardar los derechos sindicales de los trabajadores agremiados al Sindicato nico de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Mxico, no puede realizarse una eleccin que no se ajuste a la convocatoria, a los estatutos y al artculo 69 de las Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, ya que de lo contrario sera nula.

Habr de emitirse una nueva convocatoria.

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