BLAS A. BUENDA ()
A travs del Oficio DJ-78/2020, el Sindicato nico de Trabajadores del Poder Judicial de la Ciudad de Mxico que encabeza el Doctor Diego Valdez Medina, pidi al Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia de la Repblica Mexicana, adoptar medidas protectoras expresas para prevenir enfermedades de manera oportuna y eficaz en reas administrativas ante cualquier rebrote de la Pandemia Covid-19.
Dirigido al presidente del Poder Judicial capitalino, Doctor Rafael Guerra lvarez, el sindicato mayoritario del TSJCDMX, exhort a las autoridades de este rgano Autnomo, que a travs del apoyo judicial, en particular, se realicen sus funciones con dos terceras partes del personal que conforman su plantilla, y una tercera parte sea dispersada para laborar, a menos que pueda realizar funciones en su domicilio o a distancia.
De igual manera, proporcionar medicamentos profilcticos para disminuir el peligro de contagio por la epidemia Covid-19 en esas reas, la cual redundar en proteccin de la salud, vida y familias de los trabajadores.
Ello, agrega el Oficio, porque se ha advertido un incremento en el nmero de contagios en rganos Jurisdiccionales, unidades de gestin judicial, unidades administrativas y de apoyo judicial, pese a las medidas preventivas tomadas al efecto, sin que estas ltimas cuenten con fundamento expreso para disfrutar de las mismas medidas profilcticas de rganos Jurisdiccionales y unidades de gestin judicial.
En efecto, destac el sindicato del Poder Judicial-CDMX, en el caso de Unidades Administrativas y de Apoyo Judicial, se ha advertido que en diversas reas no se cumple la pretensin de laborar con dos tercera partes del personal que integra la plantilla, como se orden por acuerdo del Consejo de la Judicatura de la CDMX 06-19/2020, a fin de evitar aglomeraciones y motivar el trabajo a distancia en la medida en que refiere sus titulares, solo se aplica a rganos jurisdiccionales y Unidades de Gestin Judicial, conforme al prrafo 4 de la foja 10, de ese Acuerdo.
En este contexto, el Oficio en referencia demanda privilegiar los casos de personas que se encuentren en grupo vulnerable de contagio, conforme se seal en el presente acuerdo, por lo que durante la vigencia del mismo, se suspender el registro de asistencia del personal de dichas reas, dejando bajo la responsabilidad de l o a la titular, el informar cualquier falta injustificada.
Ante la buena relacin existente entre ambas partes, se prev que no haya tratos diferenciales a los trabajadores de la misma institucin, con violacin a la igualdad de las personas ante la ley y discriminacin, cuando las autoridades tienen la obligacin de proteger, salvaguardar y tutelar sus derechos humanos y laborales, conforme al control difuso previsto en la Constitucin Federal.
(*) Reportero Free Lance
filtrodedatospoliticos@gmail.com






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